La Ley Helms-Burton: la reacción de la Unión Europea

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Hermenegildo Altozano García-Figueras

Resumen

La implementación plena del Título III de la Ley Helms-Burton ha creado un escenario novedoso en el plano jurídico internacional, que ha recibido respuesta legislativa por parte de determinados países de la OCDE (señaladamente, Canadá, México y los Estados miembros de la Unión Europea). El objeto de este trabajo es analizar la efectividad de las medidas adoptadas por la Unión Europea y, en particular, por el Reino de España para proteger a sus nacionales frente a los efectos de alcance extraterritorial de la Ley Helms-Burton. Con este fin se han analizado la normativa específica para contrarrestar los efectos de la Ley Helms-Burton (i.e., el Reglamento (CE) No. 2271/96 del Consejo, de 22 de noviembre de 1996, relativo a la protección contra los efectos de la aplicación extraterritorial de la legislación adoptada por un tercer país, y contra las acciones basadas en ella o derivadas de ella) y otras actuaciones derivadas de la aplicación de normativa ya vigente, con especial incidencia en los procesos en curso (i.e., Convenio de 15 de noviembre de 1965, sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales y Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial) y su impacto en resoluciones judiciales de tribunales de EE.UU. que conocen en la actualidad de demandas planteadas al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton. Tanto el Reglamento No. 2271/1996 como el Convenio de La Haya de 1965 se han demostrado instrumentos efectivos para contrarrestar o paliar los efectos adversos de las referidas reclamaciones.

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Detalles del artículo

Sección
Sección Especial: La Ley Helms-Burton en el escenario jurídico cubano e internacional

Citas

MUSE, Robert L., “A Public International Law critique of the Extraterritorial Jurisdiction of the Helms-Burton Act (Cuban Liberty and Democratic Solidarity (Libertad) Act of 1996”, The George Washington Journal of International Law and Economics, No. 207, 1996, pp. 241-242.

DEPARTMENT OF STATE, National Security Presidential Memorandum NSPM–5 “Strengthening the Policy of the United States Toward Cuba”, issued by the President on June 16, 2017, disponible en https://www.federalregister.gov/documents/2017/10/20/2017-22928/strengthening-the-policy-of-the-united-states-toward-cuba [consultado el 19 de noviembre de 2023].

Fuentes legales

Convenio de 15 de noviembre de 1965 sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales y Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial, disponible en https://www.hcch.net/es/instruments/conventions/full-text/?cid=17

Reglamento (CE) No. 2271/96 del Consejo de 22 de noviembre de 1996, relativo a la protección contra los efectos de la aplicación extraterritorial de la legislación adoptada por un tercer país, y contra las acciones basadas en ella o derivadas de ella, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:01996R2271-20180807

Fuentes jurisprudenciales

“Clinton vs. Jones”, 520 U.S. 681, 706 (1997).

“Hilton vs. Guyot”, 159 U.S. 113, 163-64 (1895).

“Hale vs. Fr. Lurssen Weft GmbH & Co. KG” (S.D. Fla. April 26, 2010).

“María Dolores Canto Martí vs. Iberostar Hoteles y Apartamentos S.L.” (Civil Action No. 20-20078-Civ-Scola).

“Trujillo vs. Conover & Co. Commuc’ns, Inc.”, 221 F.3d 1262, 1264 (11th Cir. 2000).

“Turner Entertainment Co. vs. Degeto Film GmbH”, 25 F.3d 1512, 1518 (11th Cir. 1994).

“Ungaro-Benages vs. Dresdner Bank AG”, 379 F.3d 1227, 1238 (11th Cir. 2004).